Muchas gracias por interesarte en el cuidado de la vida y el cumplimiento de las distancias de seguridad para evitar riesgos y peligros con la energía eléctrica. A continuación, podrás encontrar información útil relacionada con las distancias mínimas de seguridad que deben tener los inmuebles y personas con las redes de energía.

Son las distancias mínimas que se deben guardar entre líneas eléctricas y elementos físicos (carreteras, edificios, etc.) para evitar contactos accidentales y están contempladas en el Reglamento Eléctrico y/o RETIE (Reglamento Técnico de Instalaciones eléctricas) para baja, media y alta tensión.

Si una persona incumple las distancias de seguridad con las redes de energía y se presenta un contacto directo o indirecto con estas cuya frecuencia esperada y severidad de sus efectos pueden comprometer fisiológicamente el cuerpo humano en forma grave (quemaduras, impactos, paro cardíaco, paro respiratorio, fibrilación o pérdida de funciones); o afectar el entorno de la instalación eléctrica (contaminación, incendio o explosión). Artículo 9 del RETIE.

A. Consultar con la persona o empresa que desarrollará la obra que se cumplirán con las distancias de seguridad de acuerdo con el RETIE, art. 13.

B. Validar en el plano arquitectónico o en el borrador de la obra que el diseño garantizará que las redes de energía no quedarán cerca de la vivienda.

C. Si las dos anteriores no se cumplen, o la obra efectivamente estará cerca o en contacto con la red de energía, solicitar a CENS inspección para la posible reubicación de la red, lo cual se desarrollará con acuerdo entre las partes y supeditada a la disponibilidad de recursos de CENS.

D. Solicitar la respectiva licencia de construcción a Curaduría Urbana y dar cumplimiento a la misma en cada uno de sus apartes, incluido lo respectivo a las redes de energía.

Toda la información técnica se encuentra en la página web de CENS y también todo lo relacionado con el RETIE (Reglamento de Instalaciones Eléctricas) se puede consultar en línea; unido a esto, CENS podrá brindar asesoría a quien lo requiera si observa el incumplimiento de las distancias de seguridad o también cuando crea que la obra o construcción podrá incumplir dichas distancias. Estas consultas o acompañamientos se pueden solicitar a través de los canales virtuales o a través de medios escritos radicando una PQR en una ventanilla de la electrificadora.

En términos generales, la información está contenida en la tabla 13.1 y la figura 13.1 del RETIE.

Baja tensión hace referencia a tensiones entre 25v y 1000v.

A. Si el conductor es en cable desnudo y está sobre un tejado, la distancia mínima vertical permitida es de 0,45 m. pero si es sobre una placa y a futuro se piensa expandir verticalmente dicha vivienda, no se permitirá que la red pase por encima de esta por ningún motivo, pero si, por el contrario, es una placa o un tejado y no se piensa edificar y tampoco tiene acceso a personas, la distancia seguirá siendo 0,45 m.

B. Si el conductor es en cable desnudo y pasa frente a la vivienda, la distancia horizontal mínima permitida es de 1,7 m. pero si la fachada o el balcón o el inmueble no requiere mantenimiento de ningún tipo o no tiene acceso de personas, esta distancia podrá reducirse a 0,6 m.

C. Si el conductor es desnudo y está sobre un balcón, la distancia mínima vertical permitida es de 3,5 m. teniendo la precaución de no poner elementos metálicos de longitudes largas como banderas que puedan entrar en contacto con la red de energía.

D. Si se tiene un tendido aéreo con cable aislado y con pantalla, no se aplican estas distancias, tampoco se aplica para conductores aislados para baja tensión.

Es importante mencionar que, para garantizar el cuidado y la vida de las personas y habitantes de la vivienda y la preservación del inmueble, no se recomienda construir debajo de las redes de energía, ya que al presentarse una falla que involucre rotura de conductor, estará en riesgo la vivienda y los habitantes del hogar.

Las siguientes distancias aplica para conductores desnudos: RETIE, Art. 13.

Media tensión hace referencia a valores entre 1000v y 57,5 kv.

a) Sobre techos y proyecciones, aplica solamente a zonas de muy difícil acceso a personas y siempre que el propietario o tenedor de la instalación eléctrica tenga absoluto control tanto de la instalación como de la edificación (Figura 13.1). la distancia mínima permitida es de 3,8 m. para valor de tensión entre 1000v y 44 kv.

b) De manera horizontal a muros, balcones, salientes, ventanas y diferentes áreas independientemente de la facilidad de accesibilidad de personas. (Figura 13.1), la distancia mínima permitida entre tensión de 1000v y 44 kv. es de 2,5 m. para valores de 44 kv. A 57.5 kv. Es de 2,5 m.

c) La distancia desde la red sobre o debajo de balcones o techos de fácil acceso a personas, y sobre techos accesibles a vehículos de máximo 2,45 m de altura. (Figura 13.1), entre valores de tensión de 1000v y 44 kv. Es de 4,1 m.

Donde el espacio disponible no permita cumplir las distancias horizontales de la Tabla 13.1 para redes de media tensión, tales como edificaciones con fachadas o terrazas cercanas, la separación se puede reducir hasta en un 30%, siempre y cuando, los conductores, empalmes y herrajes tengan una cubierta que proporcione suficiente rigidez dieléctrica para limitar la probabilidad de falla a tierra.

Es importante que se capaciten ya que con esto se evitará cualquier tipo de accidente o incidente eléctrico que ponga en riesgo la vida de quienes tienen este tipo de actividad laboral; de igual manera, es necesario que constantemente actualicen sus conocimientos sobre riesgos eléctricos para conocer las actualizaciones que dictan las normas y reglamentos y evitar estar expuestos al peligro.

Todas las personas deben capacitarse sobre las distancias de seguridad con el fin de evitar cualquier situación lamentable para los residentes de una vivienda o quienes estén laborando en ella, todos podemos ayudar a salvar vidas.

El canal expedito de comunicación para reporte de daños, incidentes o accidentes con redes de energía en la línea 115, se puede llamar gratis desde un teléfono fijo o celular.

CENS tiene múltiples canales de comunicación para atender a todos sus clientes y usuarios en Norte de Santander y sur de Cesar.

Correo electrónico: soporte.clientes@cens.com.co

PQRs: Pueden radicar la comunicación en las oficinas de atención de la empresa ubicadas en Cúcuta, Pamplona, Tibú, Ocaña y Aguachica. Ver direcciones 

Línea telefónica: 018000414115

Cana virtual: Opción Asesor virtual en www.cens.com.co

Tickets Para Evento en Cúcuta